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Hecho Ilícito
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Delito Penal
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Se estará en presencia
de un caso de hecho ilícito cuando el agente actúa en el supuesto del primer
párrafo del artículo 1.185 del Código Civil y también cuando infringe una
obligación consagrada en un texto legal.
El incumplimiento debe
ser culposo, debe provenir de la culpa del
agente. El término culpa es tomado en su acepción más lata, que
comprende tanto el dolo o incumplimiento intencional como la culpa
propiamente dicha, o incumplimiento por simple imprudencia o negligencia.
Para que el hecho
ilícito produzca sus efectos normales, como es la obligación de reparar, es necesario que
cause un daño. Si no causa daño, nada habrá que reparar y el hecho ilícito
como tal será intrascendente en materia civil.
En materia delictual se
responde por toda clase de daño causado, salvo el daño indirecto, que no es
considerado como indemnizable en virtud de lo dispuesto en el artículo 1.275
del Código Civil, que expresamente lo excluye
Los daños reparables
por hechos ilícitos son mucho más amplios que los derivados del
incumplimiento de una obligación contractual.
La reparación abarca
todos los daños materiales causados, trátese de lucro cesante o de daño
emergente.
El principio que señala
los daños indemnizables está redactado en el articulo1.196 del Código Civil.
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La
diferenciación entre ambos conceptos (ilícito civil e ilícito penal) nos la
ha resuelto, precisamente, la conceptualización legal de unos como
constitutivos de infracción penal; de otros, su exclusión de la esfera de
este Derecho.
Por tanto, bastará conocer cuales
sean los actos ilícitos que se condensen como infracciones penales para, por
exclusión, englobar el resto en los delitos llamados civiles. Es por esto por
lo que el problema está íntimamente relacionado con el de la precisión de
notas características de los delitos penales.
Lo
que realmente caracteriza el delito en su sanción penal es la ley que lo
sancione, pues sin esta no hay delito; por muy inmoral y socialmente dañosa
que sea una acción, si su ejecución no ha sido prohibida por la ley bajo la
amenaza de una pena, no hay delito (atipicidad).
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miércoles, 2 de agosto de 2017
Hecho Ilicito y Delito Penal
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